Resumen: La sentencia estudia los elementos para fijar el día inicial del cómputo de la prescripción de la acción restitutoria de las cantidades cobradas por la aplicación de una cláusula suelo anulada. En un primer momento se tuvo en cuenta el conocimiento generalizado que tuvo la notificación de la STS de 9 de mayo de 2013 (el 10-5-2013). Sin embargo, el ATS que plantea cuestión prejudicial comunitaria respecto a la restitutoria derivada de la nulidad de la cláusula de gastos, modificó el anterior planteamiento. De las tres posibilidades que contempla el citado ATS de 22 de julio de 2021 le serían aplicables las tres. Sentencia de nulidad de la cláusula, julio de 2020 (Ss.TJUE que admitieron la posible nulidad de las acciones restitutorias). Pero la tercera (fecha en la que se sentenció las consecuencias de aquella nulidad) no puede coincidir con la de los gastos. Hay que adecuarla a las decisiones sobre el suelo. Y esta pudiera ser en principio la STS de 24 de febrero de 2017 (que introdujo la doctrina de la STJUE 21-12-2016 sobre el alcance temporal de la nulidad). Y más tarde, consecuencia de las cuestiones prejudiciales sobre la novación y renuncia, nos llevaría a las Ss. TS de 5 de noviembre de 2020. Este sería, pues, el dies a quo del cómputo.
Resumen: DESPIDO. GARANTÍA DE INDEMNIDAD. INCLUSIÓN AL TRABAJADOR LISTADO DE DESPIDO COLECTIVO. IMPUGNACIÓN PREVIA DE DESPIDO ANTERIOR. FALTA DE RELACIÓN PRECISA Y CIRCUNTANCIASDA DE LA CONTRADICCIÓN y FALTA DE FUNDAMENTACIÓN DE LA INFRACCIÓN LEGAL Y FALTA DE CONTRADICCIÓN.